TIEMPO EXTRAORDINARIO. LA RECLAMACIÓN DE SU PAGO ES IMPROCEDENTE TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ QUE OSTENTEN CARGOS DE TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES, ASÍ COMO DE SUBSECRETARIOS, DIRECTORES, SUBDIRECTORES Y PUESTOS DE RANGO SEMEJANTE.
Texto de la tesis
De la interpretación armónica y sistemática de los artículos 115, fracción VIII, párrafo segundo, 116, fracción VI y 123, apartado B, fracciones I y XIV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1o., 7o., 8o., 10, 21, 22 y 26 a 28 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, en relación con el numeral 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de esa entidad, deriva que los trabajadores de confianza que se desempeñan como funcionarios públicos, esto es, como titulares de las dependencias y entidades, así co...
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