PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD. LA CAUSAL DE ABANDONO NO SE ACTUALIZA CUANDO UNO DE LOS PROGENITORES HA SIDO DIAGNOSTICADO CON UN PADECIMIENTO QUE PONGA EN RIESGO SU VIDA Y, POR TANTO, SE VE OBLIGADO A DEJAR A UN MENOR AL CUIDADO TEMPORAL DE OTRA PERSONA, MIENTRAS DURA EL TRATAMIENTO MÉDICO RESPECTIVO.
Texto de la tesis
A consideración de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando alguno de los progenitores ha sido diagnosticado con algún padecimiento que ponga en riesgo su vida, tal situación resulta una causa justificada para dejar a un menor de edad al cuidado temporal de otra persona mientras dura el tratamiento médico, razón por la cual, no se actualizaría un abandono que genere la pérdida de la patria potestad. Ello es así, pues ante la existencia de una situación de tal gravedad, resulta lógico que cualquier persona busque todos los medios necesarios para salvar su vida. En...
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