IUSera
Registro digital 2006430 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CLXXXIII/2014 (10a.) · Primera Sala

PROCEDIMIENTO CONCURSAL EXTRANJERO. LA PRESUNCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 295, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY DE CONCURSOS MERCANTILES ES HUMANA Y ADMITE PRUEBA EN CONTRARIO.

Mercantil
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Texto de la tesis

De la interpretación sistemática de los artículos 295, párrafo segundo, de la Ley de Concursos Mercantiles y 191 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se sigue que el primero, al facultar al juez para presumir la autenticidad de los documentos presentados en apoyo de una solicitud de reconocimiento de procedimiento o de representante extranjeros, estén o no legalizados, prevé una presunción humana que admite prueba en contrario, si se toma en cuenta que, conforme al segundo precepto, sólo las presunciones legales juris et de jure (de hecho y por derecho) son a...

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