IUSera
Registro digital 2006427 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CLXXXIV/2014 (10a.) · Primera Sala

CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE AMPARO. PARA DEFINIR LA LEY APLICABLE AL PROCEDIMIENTO RELATIVO DEBE ATENDERSE A LA FECHA EN QUE CAUSÓ EJECUTORIA LA RESOLUCIÓN, INDEPENDIENTEMENTE DEL MOMENTO EN QUE INTERVENGA EL TERCERO EXTRAÑO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis de jurisprudencia 1a./J. 49/2013 (10a.), estableció que, en lo concerniente al cumplimiento y ejecución de las sentencias de amparo, será aplicable a los juicios iniciados con anterioridad a su entrada en vigor, la Ley de Amparo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2013, siempre y cuando la sentencia relativa haya causado estado con posterioridad a esa fecha, esto es, a partir del día 3 siguiente. Atento a lo anterior, debe precisarse que la competencia y el trámite de los procedimientos de...

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