IUSera
Registro digital 2006330 · Tesis aislada · 10a. Época · I.6o.T.95 L (10a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

TRABAJADORES BAJO CONTRATOS TEMPORALES. CONFORME AL CONTENIDO DE LOS ARTÍCULOS 123, APARTADO A, FRACCIÓN XXII, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y 48 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, AQUELLOS QUE HUBIESEN SIDO SEPARADOS ANTES DE LA TERMINACIÓN DE SU CONTRATO, SIN CAUSA JUSTIFICADA, TIENEN DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Del contenido de los artículos 123, apartado A, fracción XXII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 48 de la Ley Federal del Trabajo, vigente hasta el 30 de noviembre de 2012, se desprende con claridad que cuando un trabajador haya sido separado injustificadamente de su empleo, tiene la decisión de elegir, entre exigir al patrón que cumpla el contrato o exigir la indemnización del importe de tres meses de salario, sin distinguir entre trabajadores por tiempo determinado o por tiempo indeterminado; en consecuencia, si el trabajador es separado de su empleo, antes de la...

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