IUSera
Registro digital 2006205 · Tesis aislada · 10a. Época · I.13o.T.6 K (10a.) · DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO INTERESADO. EL DICTAMEN QUE RINDA LA TRABAJADORA SOCIAL SOBRE EL ESTUDIO SOCIOECONÓMICO DEL QUEJOSO PARA VALORAR SU CAPACIDAD ECONÓMICA Y, EN SU CASO, DETERMINAR LA GRATUIDAD DE SU PUBLICACIÓN, NO PIERDE EFICACIA DEMOSTRATIVA POR EL HECHO DE NO HABER ESTADO PRESENTE EN EL DESAHOGO DE LA INVESTIGACIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 27, fracción III, incisos b) y c), de la Ley de Amparo, establece que en tratándose de la primera notificación al tercero interesado, cuando en autos no conste su domicilio o el proporcionado resulte inexacto, el órgano jurisdiccional lo investigará; si a pesar de ello no pudiere efectuarse el emplazamiento, se hará por edictos a costa del quejoso, so pena que de no acreditar haberlos entregado para su publicación, se sobreseerá el amparo; no obstante, cuando se trate de personas de escasos recursos a juicio del órgano jurisdiccional, se ordenará la publicación en el Diario Oficial...

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