SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA EL ESTADO DE JALISCO. EL ARTÍCULO 135 DE LA LEY RELATIVA, AL ESTABLECER QUE EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE SEPARACIÓN DEL SERVICIO NO SERÁN ADMITIDAS MÁS PRUEBAS QUE LA DOCUMENTAL, TRANSGREDE EL ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, AL LIMITAR LOS DERECHOS DE AUDIENCIA Y DEFENSA DE LOS ELEMENTOS POLICIACOS.
Texto de la tesis
Conforme a la jurisprudencia P./J. 47/95, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, diciembre de 1995, página 133, de rubro: "FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO. SON LAS QUE GARANTIZAN UNA ADECUADA Y OPORTUNA DEFENSA PREVIA AL ACTO PRIVATIVO.", la indicada garantía consiste en otorgar al gobernado la oportunidad de defensa previamente al acto privativo, y su debido respeto impone a las autoridades, entre otras obligaciones, la de que se cumplan las formalidades esenciales del procedimie...
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