IUSera
Registro digital 2006050 · Tesis aislada · 10a. Época · IV.1o.T.4 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

CONFESIÓN FICTA. SI SE DECLARA CONFESO AL ABSOLVENTE DE LAS POSICIONES EN LAS QUE SE CUESTIONA EL DESPIDO DEL TRABAJADOR, ELLO ES SUFICIENTE PARA TENER POR ACREDITADA LA RELACIÓN LABORAL, SIEMPRE QUE AQUÉLLA NO ESTÉ CONTRADICHA POR PRUEBA EN CONTRARIO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si al absolvente patronal se le declaró confeso de las posiciones articuladas en las que no se le cuestiona sobre la existencia de la relación laboral, pero sí en cuanto al despido del trabajador, ello es suficiente para tener por demostrado el nexo contractual controvertido, debido a que en la misma posición va implícito el reconocimiento del nexo laboral, siempre y cuando dicha confesión ficta no esté contradicha por prueba en contrario. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

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