IUSera
Registro digital 2006027 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 1/2014 (10a.) · Segunda Sala

PRUEBA CONFESIONAL EN EL JUICIO LABORAL. LA CIRCUNSTANCIA DE QUE SE FORMULE MÁS DE UNA POSICIÓN EN RELACIÓN CON EL MISMO HECHO, NO IMPLICA QUE SEAN INSIDIOSAS Y, EN CONSECUENCIA, QUE CAREZCAN DE VALOR PROBATORIO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Acorde con los artículos 786 a 794 y 841 de la Ley Federal del Trabajo, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012, las posiciones articuladas para desahogar la prueba confesional no deben ser insidiosas, entendiéndose por éstas las que tiendan a ofuscar la inteligencia de quien ha de responder para obtener una confesión contraria a la verdad, y de no reunir ese requisito, deben desecharse. Ahora bien, la calificación de las posiciones debe ser casuística, lo que implica que no puede establecerse una regla absoluta sobre cuáles...

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