VIOLACIONES FORMALES. EL ANÁLISIS OFICIOSO DE LA FALTA DEL NOMBRE DE LOS SERVIDORES QUE PARTICIPAN EN LAS ACTUACIONES JUDICIALES PRODUCE SU INVALIDEZ, Y PODRÍA CONTRAVENIR EL DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCESO A LA JUSTICIA PRONTA Y EXPEDITA.
Texto de la tesis
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 151/2013 (10a.), estimó que la mención expresa del nombre de los servidores públicos que intervengan en actuaciones judiciales constituye un requisito para su validez; sin embargo, el vicio referido no es exclusivo de las sentencias definitivas, sino que se refiere a la totalidad de las actuaciones de los juicios originales, por lo que, de hacerse valer de oficio, tendría que reponerse el procedimiento para subsanar el vicio desde la primera actuación en que se advierta tal violación, lo que podría provoc...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.