IUSera
Registro digital 2006001 · Tesis aislada · 10a. Época · I.4o.C.21 C (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

TÍTULOS EJECUTIVOS EMANADOS DE ACTOS JURÍDICOS ENTRE PROVEEDORES Y CONSUMIDORES. SU CONSTITUCIÓN NO SURGE DEL DICTAMEN DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR, SINO DE LA PRUEBA DE UN CRÉDITO CIERTO, LÍQUIDO Y EXIGIBLE.

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 114, párrafos segundo, tercero y cuarto, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, prevé la emisión de un dictamen sobre la satisfacción de los requisitos de certeza, liquidez y exigibilidad de un crédito a favor del consumidor, derivado de la relación contractual con el proveedor. El criterio vertido por el emisor de ese dictamen no es constitutivo del título ejecutivo, sino sólo una opinión técnica de que en los documentos de la relación contractual de las partes, sometida a su análisis, existen los elementos necesarios para identificar esa clase de títulos, de modo que esa...

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