IUSera
Registro digital 2005974 · Tesis aislada · 10a. Época · I.7o.T.12 L (10a.) · SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

INSPECCIÓN. CUÁNDO SU OFRECIMIENTO NO ES INDIVIDUALIZADO.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si al proponer este medio de convicción, el actor señala que deberá practicarse sobre nóminas, listas de raya o de asistencia, por ejemplo, y precisa además que habrá de realizarse "en el renglón correspondiente al actor" o una expresión similar, no debe considerarse que su ofrecimiento fue individualizado, en primer lugar porque como puede verse el trabajador no solicitó en forma expresa que debía practicarse en los documentos que sólo se refieran a él y, en segundo, porque es evidente que por la naturaleza de tales documentos no pueden ser exclusivos del oferente de la prueba, sino que abarc...

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