SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN MATERIA PENAL. EN ATENCIÓN AL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1O. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, DEBE EXTENDERSE EN FAVOR DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO AUN CUANDO NO TENGA EL CARÁCTER DE QUEJOSO O ADHERENTE EN EL JUICIO DE AMPARO, Y EL ARTÍCULO 79, FRACCIÓN III, INCISO B), DE LA LEY DE LA MATERIA NO LO PREVEA.
Texto de la tesis
La facultad de suplir la queja deficiente en favor de la víctima u ofendido por el delito representa un cambio trascendental a la cultura jurídica preservada en nuestro país desde que se instauró este principio en el juicio de amparo; sin embargo, la práctica jurisdiccional demuestra que en varios asuntos se violan derechos fundamentales en perjuicio de esos sujetos, por lo que es necesario que acudan al amparo solicitando la justicia que no han podido encontrar en las instancias naturales del procedimiento penal. Ahora bien, la labor jurisdiccional cotidiana y las diversas reformas constituci...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.