IUSera
Registro digital 2005894 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.III.A. J/2 A (10a.) · PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

LEGITIMACIÓN, FALTA DE. EN LA AUTORIDAD PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO DIRECTO, NO CONSTITUYE UN MOTIVO MANIFIESTO E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA, CUANDO EL ACTO RECLAMADO SE EMITIÓ EN UN JUICIO DE NULIDAD QUE VERSÓ SOBRE INCUMPLIMIENTO A CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE OBRA PÚBLICA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los entes públicos, sean de la Federación, Estados, municipios u órganos político-administrativos, al administrar los recursos públicos que se les otorgan, con la finalidad de realizar las obras materia de su competencia requeridas, pueden celebrar contratos con los particulares, los que son susceptibles de reflejar una vinculación entre la autoridad y el particular, en un plano de coordinación -con igualdad de condiciones-, o bien contener clausulado en el que la autoridad contratante se reserve el imperio que le confiere la ley, lo que conlleva que la relación es de supra a subordinación. En...

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