IUSera
Registro digital 2005878 · Tesis aislada · 10a. Época · P. VI/2014 (10a.) · Pleno

AMPARO INDIRECTO. PARA ANALIZAR SI UNA NORMA FUE DEROGADA POR EL ARTÍCULO NOVENO TRANSITORIO DEL DECRETO DE REFORMA CONSTITUCIONAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE JUNIO DE 2011, DEBEN TOMARSE EN CUENTA LAS REGLAS QUE RIGEN LA IMPUGNACIÓN DE NORMAS GENERALES.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si en el juicio de amparo indirecto se plantea que una norma fue derogada por el artículo transitorio citado, se requiere, para proceder a su análisis, que el promovente cumpla con las disposiciones constitucionales y legales que rigen la tramitación de dicho juicio contra normas generales, especialmente aquellas que prevén como requisito que la disposición cuestionada se reclame y que la impugnación se haga con motivo de su entrada en vigor o por virtud del primer acto de aplicación en su perjuicio, a efecto de que pueda emplazarse a las autoridades responsables, en este caso, a las que parti...

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