OPERACIONES PELIGROSAS E INSALUBRES EN LA INDUSTRIA PETROLERA. AUN CUANDO EN EL CONTRATO COLECTIVO SE HAYA ESTABLECIDO QUE PARA REALIZARLAS SE REQUIERE AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR ESCRITO DEL PATRÓN, CUANDO EL TRABAJADOR RECLAME PRESTACIONES QUE DERIVAN DE SU REALIZACIÓN, CORRESPONDE A AQUÉL DEMOSTRAR QUE EN CASOS SIMILARES HA EMITIDO DICHA AUTORIZACIÓN.
Texto de la tesis
La otrora Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 4a./J. 16/94, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 77, mayo de 1994, página 28, de rubro: "HORAS EXTRAS. ES VÁLIDO PACTAR CONTRACTUALMENTE QUE EL TRABAJADOR SÓLO DEBE LABORARLAS CON AUTORIZACIÓN PREVIA POR ESCRITO DEL PATRÓN O DE SUS REPRESENTANTES FACULTADOS PARA ELLO.", sostuvo: "... la existencia de ese pacto únicamente crea la presunción de que sólo se debió laborar tiempo extraordinario previa orden escrita del patrón, presunción que por sí sola no es suf...
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