IUSera
Registro digital 2005831 · Jurisprudencia · 10a. Época · IV.T.A. J/1 (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS DE TRABAJO Y ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

LAUDO. SI EL ACTOR QUE FUE PARTE EN EL JUICIO DE DONDE ÉSTE DERIVA, RECLAMA UNA CUESTIÓN ACCESORIA Y RELACIONADA CON SU CUMPLIMIENTO, Y LA JUNTA, EN LUGAR DE TRAMITAR EL INCIDENTE DE EJECUCIÓN CORRESPONDIENTE, DA APERTURA A UN EXPEDIENTE AUTÓNOMO E INDEPENDIENTE PARA CONOCER Y RESOLVER DICHA PETICIÓN, VULNERA LOS DERECHOS HUMANOS DE SEGURIDAD JURÍDICA Y LEGALIDAD.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De la interpretación armónica y sistemática de los artículos 939, 940, 944, 945 y 946 de la Ley Federal del Trabajo, se advierte que corresponde al presidente de la Junta Especial de Conciliación y Arbitraje conocer de las actuaciones relacionadas con la ejecución de los laudos, al ser quien debe dictar las medidas necesarias para que aquélla sea pronta y expedita; que, en su caso, los gastos que se originen con su ejecución serán a cargo de la parte que no cumpla; que los laudos deben cumplirse dentro de los quince días siguientes al en que surta efectos su notificación; y que debe despachars...

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