IUSera
Registro digital 2005798 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. XC/2014 (10a.) · Primera Sala

ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL. LAS ÓRDENES DE PROTECCIÓN DE EMERGENCIA Y LA MEDIDA PARA SU CUMPLIMIENTO PREVISTAS, RESPECTIVAMENTE, EN LOS ARTÍCULOS 66, FRACCIONES I A III, Y 68, FRACCIÓN I, DE LA LEY RELATIVA, NO DEBEN HOMOLOGARSE O RELACIONARSE CON UNA ORDEN DE CATEO.

Derechos Humanos
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Texto de la tesis

Las órdenes de protección de emergencia y la medida para su cumplimiento a que se refieren los citados preceptos deben analizarse a la luz del artículo 16, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prevé el derecho a la inviolabilidad del domicilio, y no así a la del párrafo décimo primero, pues éste se refiere a una diligencia exclusiva de la materia penal, cuyos requerimientos constitucionales son muy específicos, como el hecho de que la orden de cateo deba solicitarla el Ministerio Público, en la que debe expresarse el lugar que ha de inspeccionarse,...

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