JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL EN LA VÍA SUMARIA. CUANDO ES IMPROCEDENTE POR IMPUGNARSE, ADEMÁS DE UNA RESOLUCIÓN QUE IMPUSO UNA MULTA QUE NO EXCEDE DE CINCO VECES EL SALARIO MÍNIMO GENERAL VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL ELEVADO AL AÑO, AL MOMENTO DE SU EMISIÓN, EL PRIMER ACTO DE APLICACIÓN DE UNA REGLA ADMINISTRATIVA, DECRETO O ACUERDO DE CARÁCTER GENERAL, LA SALA DEL CONOCIMIENTO DEBE REENCAUSAR LA ACCIÓN A LA VÍA ORDINARIA Y RESOLVER CONFORME A LAS REGLAS QUE RIGEN A ÉSTA.
Texto de la tesis
De conformidad con el artículo 58-3, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 2o. del mismo ordenamiento, el juicio contencioso administrativo federal en la vía sumaria será improcedente cuando simultáneamente a la impugnación de una resolución definitiva cuyo importe no exceda de cinco veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al año, al momento de su emisión, se controvierta una regla administrativa, decreto o acuerdo de carácter general. Por tanto, si en el juicio anulatorio se impugna una resolución...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.