QUEJA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO, VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013. LA CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN A LA AUTORIDAD RECURRENTE QUE RESIDE FUERA DEL LUGAR DEL JUICIO ES INDISPENSABLE PARA DETERMINAR LA OPORTUNIDAD EN LA PRESENTACIÓN DE ESE RECURSO (APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 1A./J. 79/2011).
Texto de la tesis
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la jurisprudencia 1a./J. 79/2011, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIV, septiembre de 2011, página 877, de rubro: "QUEJA PREVISTA EN LA FRACCIÓN XI DEL ARTÍCULO 95, DE LA LEY DE AMPARO. PARA DETERMINAR LA OPORTUNIDAD DE ESE RECURSO ES INDISPENSABLE QUE EN EL CUADERNILLO INCIDENTAL OBRE LA CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN A LA AUTORIDAD QUE RESIDE FUERA DEL LUGAR DEL JUICIO.", durante la vigencia de la Ley de Amparo abrogada mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Fed...
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