IUSera
Registro digital 2005694 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.P.42 P (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA. INCUMPLIR ALGUNO DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN EL PERMISO DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL PARA TRANSPORTARLA, NO ACTUALIZA EL ELEMENTO NORMATIVO "SIN EL PERMISO CORRESPONDIENTE" DE DICHO DELITO, SINO UNA INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONOCIMIENTO DE ESA DEPENDENCIA.

Penal Seguridad Pública y Nacional
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Uno de los elementos normativos del delito de portación de arma de fuego sin licencia previsto y sancionado por el artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, lo constituye la frase "sin el permiso correspondiente"; luego, si al quejoso se le encontró un arma de fuego desabastecida, de las permitidas a los particulares y los tiros útiles se encontraban en una caja por separado, y en ese momento exhibió el permiso otorgado por la Secretaría de la Defensa Nacional para su transportación, así como el de cacería, es inconcuso que no se actualiza el elemento citado, por consiguien...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.