IUSera
Registro digital 2005603 · Tesis aislada · 10a. Época · I.6o.T.88 L (10a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

RENUNCIA. SI SE OFRECE POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA DEMOSTRAR SUS EXCEPCIONES, DEBE EXHIBIRSE EN ORIGINAL, POR LO QUE ES IMPROCEDENTE EL PERFECCIONAMIENTO DE LA COPIA SIMPLE MEDIANTE SU COTEJO Y COMPULSA, AL RETARDAR LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Al Instituto Mexicano del Seguro Social corresponde probar la afirmación que hace en el sentido de que el trabajador renunció voluntariamente a su empleo; de esta manera, para demostrar sus excepciones, y acorde con la interpretación sistemática de los artículos 776 a 784, 795 a 798, 801, 803, 807, 810 y 811 de la Ley Federal del Trabajo, es inconcuso que el escrito de renuncia que afirma tener debe exhibirlo en original, para cumplir con la obligación que impone la ley a las partes, de aportar los documentos originales que estén a su disposición. Lo anterior es así, porque la defensa del inst...

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