DENUNCIA DEL JUICIO A TERCERO. CUANDO EN LA VÍA SUMARIA CIVIL SE DEMANDA LA ELEVACIÓN A ESCRITURA PÚBLICA DEL CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA RESPECTO DE UN INMUEBLE ADQUIRIDO CON RESERVA DE DOMINIO Y LA PARTE DEUDORA ADUCE QUE EL IMPORTE TOTAL DE LA OPERACIÓN FUE LIQUIDADO SIN SU CONOCIMIENTO POR UN TERCERO, DEBE LLAMÁRSELE A JUICIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
Texto de la tesis
El artículo 104 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua dispone que la sentencia firme o ejecutoriada produce acción y excepción contra los que litigaron y contra los terceros que fueron llamados legalmente al juicio, de lo que se colige que cuando se ventilen cuestionamientos jurídicos que pueden repercutir en la esfera jurídica de terceros, es menester llamarlos a condición de que conozcan el litigio y queden vinculados a las resultas del juicio, a fin de que no puedan oponer defensas a la cosa juzgada distintas de las analizadas. Por otra parte, de los numerales 1948 y...
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