PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL EN LA VÍA SUMARIA. PROCEDE CONTRA LAS RESOLUCIONES EN LAS QUE SE IMPONGAN MULTAS Y SE APERCIBA AL INFRACTOR DE QUE EN CASO DE NO CUMPLIR CON LAS NORMAS VIOLADAS SE LE CONSIDERARÁ REINCIDENTE.
Texto de la tesis
Acorde con el artículo 58-2, fracción II, en relación con el numeral 58-3, fracción V, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, si en la resolución impugnada en el juicio de nulidad se impusieron una o varias multas (cuyo importe, en lo individual, no exceda de 5 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, elevado al año), y se apercibió al infractor en el sentido de que si no cumple con las normas violadas se le considerará reincidente, la vía procedente es la sumaria, porque, como lo consideró el creador de la norma, los asuntos donde el tema central...
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