IUSera
Registro digital 2005534 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. XLV/2014 (10a.) · Primera Sala

IGUALDAD JURÍDICA SUSTANTIVA O DE HECHO. LA NEGATIVA DE APLICAR EN FORMA DIFERENCIADA UNA SANCIÓN PENAL A UNA INCULPADA POR LA MERA CIRCUNSTANCIA DE SER MUJER, NO IMPLICA UNA VIOLACIÓN A ESE PRINCIPIO CONSTITUCIONAL.

Penal Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha puesto especial énfasis en la necesidad de que los jueces realicen su tarea jurisdiccional con perspectiva de género. Lo anterior tiene lugar cuando el juzgador resuelve un caso concreto valorando el fenómeno objetivo de la desigualdad entre hombres y mujeres y tomando en consideración la diversidad de los modos en que se presentan las relaciones de género en la sociedad. La perspectiva de género se configura entonces como un método de análisis jurídico que permite al Juez identificar y fallar el caso respectivo con miras a corregir la discriminació...

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