EQUIDAD Y COMPETITIVIDAD PARA EL ABASTO PÚBLICO. EL DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA NORMA "29 MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES DE EQUIDAD Y COMPETITIVIDAD PARA EL ABASTO PÚBLICO", A LOS PROGRAMAS DELEGACIONALES Y PARCIALES DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL QUE SE INDICAN, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA ENTIDAD EL 20 DE MAYO DE 2011, TRANSGREDE EL ARTÍCULO 28 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Texto de la tesis
La norma citada limita la ubicación de nuevos establecimientos mercantiles con el sistema de autoservicio dedicados a la venta de productos de primera necesidad que sólo podrán instalarse en la zonas geográficas habitacional mixto (HM) y predios con frente a vías públicas en los que sea aplicable alguna "norma de ordenación sobre vialidad" que otorgue la zonificación referida, mientras que las tiendas de abarrotes y misceláneas que comercialicen dichos productos podrán situarse en las zonas prohibidas para aquéllos lo que inhibe la libre concurrencia y competencia, pues desplaza a los primeros...
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