IUSera
Registro digital 2005503 · Tesis aislada · 10a. Época · III.3o.T.7 K (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

PERSONAS MORALES OFICIALES. ES IMPROCEDENTE EL AMPARO QUE SOLICITEN CONTRA ACTOS DE IMPOSIBLE REPARACIÓN, DENTRO O DURANTE EL JUICIO, QUE NO AFECTEN SU ESFERA PATRIMONIAL (INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 9O. Y 114, FRACCIÓN IV, DE LA LEY DE AMPARO ABROGADA).

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De la interpretación armónica y sistemática de los artículos 9o. y 114, fracción IV, de la Ley de Amparo abrogada, se obtiene que a diferencia de las restantes categorías de justiciables, las personas morales oficiales guardan un trato diferente y limitado en cuanto al acceso al juicio de amparo en general, como deriva de las acotaciones del primer precepto. Así, la legislación e interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son coincidentes en que solamente pueden combatir actos que agravien su esfera patrimonial, y cuyo origen se relacione con haber actuado equiparadamente a u...

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