IUSera
Registro digital 2005501 · Tesis aislada · 10a. Época · III.3o.T.6 K (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

PERSONAS MORALES OFICIALES. EN EL SISTEMA DEL JUICIO DE AMPARO VIGENTE PREVALECE LA RESTRICCIÓN DE SÓLO ACUDIR CONTRA ACTOS QUE AFECTEN SU ESFERA PATRIMONIAL Y MIENTRAS ACTÚEN EN UN PLANO DE IGUALDAD FRENTE A LOS PARTICULARES (INTEPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 9O. DE LA LEY DE LA MATERIA ABROGADA Y 7O. DE LA VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013).

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Del análisis comparativo de los artículos 9o. de la Ley de Amparo abrogada y 7o. de la vigente, se advierte la procedencia acotada del juicio de amparo para personas morales oficiales, cuando desprovistas de imperio, el acto reclamado afecte sus intereses patrimoniales de manera actual y directa. Así, conserva la misma limitante, sólo que ahora incorpora la enumeración de Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios, pero termina aludiendo a cualquier persona moral pública. Asimismo, el legislador añade que podrán acudir por conducto de los servidores públicos o representantes que señale...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.