AMPARO DIRECTO. PROCEDE CONTRA EL ACUERDO QUE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA EXTEMPORÁNEAMENTE, AL CONSTITUIR UNA VIOLACIÓN PROCESAL QUE TRASCIENDE AL RESULTADO DEL FALLO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
Texto de la tesis
No pasa desapercibido para este Tribunal Colegiado de Circuito que, de acuerdo con los artículos 107, fracción III, de la Constitución Federal y 107, fracción V, 170, fracción I, 171, 172 y 174 de la Ley de Amparo, cuando se trate de violaciones cometidas dentro de un procedimiento, por regla general, procede el amparo directo, siempre que éstas afecten las defensas del quejoso, trascendiendo al resultado del fallo y, como excepción, procede el amparo indirecto ante el Juez de Distrito, cuando los actos en el juicio tengan una ejecución de imposible reparación, o sea, cuando afecten de manera...
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