IUSera
Registro digital 2005434 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.A.41 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

IMPUESTO AL ACTIVO. LAS EMPRESAS QUE COMPONEN EL SISTEMA FINANCIERO ESTÁN OBLIGADAS A PAGARLO RESPECTO DE TODOS LOS ACTIVOS FINANCIEROS NO AFECTOS A SU INTERMEDIACIÓN FINANCIERA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2007).

Fiscal y Hacendario Financiero y Bancario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

A partir de la reforma a la Ley del Impuesto al Activo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de mayo de 1996, en vigor al día siguiente, las personas morales que conforman el sistema financiero quedaron sujetas al pago de dicha contribución por los activos no afectos a su intermediación financiera, es decir, los que no tengan un rol en su actividad preponderante que es, precisamente, esa intermediación. Asimismo, conforme al artículo 5o.-B del referido ordenamiento, vigente hasta el 31 de diciembre de 2007, son activos no afectos a la intermediación financiera de ese tipo de i...

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