IUSera
Registro digital 2005422 · Tesis aislada · 10a. Época · III.3o.(III Región) 4 A (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA TERCERA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN GUADALAJARA, JALISCO.

AMPARO DIRECTO. SU PROCEDENCIA CONFORME A LOS SUPUESTOS LEGALES PREVISTOS EN LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 170 DE LA NUEVA LEY DE AMPARO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De acuerdo con el artículo 170, fracciones I y II de la nueva Ley de Amparo, la procedencia del juicio de amparo directo está sujeta a dos reglas, a saber: una general y otra especial. La regla general se surte cuando en el juicio natural el quejoso obtiene un fallo desfavorable, o bien, uno parcialmente en su favor -fracción I del artículo 170-. En tal supuesto, lo jurídicamente trascendente es la afectación a la esfera de derechos del impetrante, derivada de haber obtenido un fallo desfavorable a sus intereses, o de no alcanzar todo lo que persiguió en el juicio, con lo cual, sin duda, se co...

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