IUSera
Registro digital 2005285 · Tesis aislada · 10a. Época · XVII.1o.C.T.37 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

ERROR MECANOGRÁFICO. NO LO CONSTITUYE EL SEÑALAMIENTO DE DOS DOMICILIOS DISTINTOS POR PARTE DEL PATRÓN AL FORMULAR EL OFRECIMIENTO DE TRABAJO.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El error mecanográfico tiene como características: que no trasciende a la litis por no incidir en los elementos fundamentales de la contienda, ni en los aspectos básicos de la relación laboral, además de que es detectable de una simple lectura del escrito relativo, pues la cuestión erráticamente manifestada es ajena a la argumentación expuesta en un determinado sentido; de ahí que no hace dudar de la verdadera intención de quien incurrió en él. En esta hipótesis, conforme al artículo 841 de la Ley Federal del Trabajo, que dispone que los laudos deben dictarse a verdad sabida y buena fe guardad...

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