IUSera
Registro digital 2005270 · Tesis aislada · 10a. Época · IV.2o.A.69 A (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

ADQUISICIÓN DE INMUEBLES. LA NOTA OFICIAL ELABORADA POR LOS FEDATARIOS PÚBLICOS QUE CONTIENE LA CUANTIFICACIÓN DEL IMPUESTO RELATIVO, SE TRADUCE, AL DARSE SU ACEPTACIÓN FICTA POR LA TESORERÍA MUNICIPAL ANTE LA QUE SE PRESENTA, EN UN ACTO DE AUTORIDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).

Fiscal y Hacendario Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si bien es cierto que en la elaboración de la nota oficial por los fedatarios públicos en el Estado de Nuevo León, conforme al modelo autorizado, que contiene la cuantificación del impuesto sobre adquisición de inmuebles, la autoridad no tiene intervención alguna, también lo es que al presentarse ante la tesorería municipal, ésta deja de ser un simple receptor del pago, toda vez que conforme a los artículos 28 Bis 3 y 28 Bis 4 de la Ley de Hacienda para los Municipios de la citada entidad, se encuentra obligada a verificar su regularidad y, en su caso, a emitir en un plazo no mayor a diez días...

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