CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE. EL FORMATO MÚLTIPLE DE PAGO DE CONTRIBUCIONES POR CONCEPTO DE RENOVACIÓN ANUAL, CANJE DE PLACAS Y REFRENDO ANUAL DE CALCOMANÍA, NO CONSTITUYE EL TÍTULO CORRESPONDIENTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MICHOACÁN).
Texto de la tesis
Tal formato sólo se extiende para el pago de contribuciones que son enteradas y recibidas por la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Michoacán, a través de la oficina recaudadora correspondiente, pero no constituye el título de concesión del servicio público de transporte, como tampoco puede considerarse como prueba fehaciente para acreditar el carácter de concesionario, porque sólo justifica su contenido, esto es, el propio pago ante la autoridad recaudadora de diversas cantidades y conceptos, ya que aquella calidad se adquiere mediante un acto administrativo ex...
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