SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA IMPLEMENTACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL "ACUERDO POR EL QUE SE ADOPTA EL ESTÁNDAR TECNOLÓGICO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE Y SE ESTABLECE LA POLÍTICA PARA LA TRANSICIÓN A LA TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE EN MÉXICO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 2 DE JULIO DE 2004".
Texto de la tesis
Del citado acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2012, se advierte que su objeto es establecer las condiciones necesarias para lograr la transición de la televisión analógica a la digital, con las mayores eficiencias. Por tanto, es improcedente conceder la suspensión definitiva en el amparo contra su implementación, al no satisfacerse el requisito previsto en la fracción II del artículo 124 de la ley de la materia, vigente hasta el 2 de abril de 2013, ya que la paralización de aquélla atañe al interés social y al orden público, pues el Estado debe ejercer su...
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