IUSera
Registro digital 2005197 · Tesis aislada · 10a. Época · I.4o.A.23 K (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

OMISIÓN LEGISLATIVA. NO PUEDE OPONERSE COMO EXCUSA PARA EL INCUMPLIMIENTO DE UN PRECEPTO CONSTITUCIONAL.

Constitucional y Amparo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En la exposición de motivos del proyecto de decreto que reforma los artículos 94, 100, 103, 107 y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Constituyente estableció que los derechos económicos, sociales y culturales reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, deben reconocerse y tutelarse como normas programáticas pero exigibles individual o colectivamente, con plena eficacia jurídica, debiendo contar con garantías adecuadas para su protección. Para lograr ese objetivo, entre otros medios, se dispuso la atribución de los tribunales de la Fede...

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