IUSera
Registro digital 2005192 · Tesis aislada · 10a. Época · I.4o.A.75 A (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

LEYENDAS O FIGURAS NO RESERVABLES. NO SON ELEMENTOS INTEGRANTES DE LA MARCA PARA EFECTOS DE SU REGISTRO.

Mercantil
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Texto de la tesis

Las leyendas o figuras no reservables son aquellos signos o expresiones que el peticionario de un registro de marca debe señalar en la solicitud correspondiente como elementos que, de concederse el registro, se incluirán en los empaques o envases de productos y/o en la publicidad de los servicios que amparará la marca, sin que respecto de ellos se configure algún derecho de exclusividad, de conformidad con los artículos 113 y 115 de la Ley de la Propiedad Industrial y 56 de su reglamento. Lo anterior obedece a dos situaciones: una de carácter voluntario, por así convenir a los intereses del so...

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