JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. PROCEDE TRAMITARLO EN LA VÍA SUMARIA, CUANDO ÉSTA CORRESPONDA, A PESAR DE QUE LA DEMANDA SE HUBIERE PRESENTADO FUERA DEL PLAZO LEGAL DE QUINCE DÍAS, SI EN LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA LA AUTORIDAD FISCAL SEÑALÓ, ADEMÁS DE ÉSTE, EL DE CUARENTA Y CINCO PARA CONTROVERTIRLA, CON LO CUAL INDUJO AL CONTRIBUYENTE AL ERROR.
Texto de la tesis
El artículo 23 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente establece el derecho de los contribuyentes para impugnar las determinaciones fiscales que les sean adversas; la obligación de las autoridades fiscales de señalar, al notificarlas, el recurso o medio de defensa procedente en su contra, el plazo para su interposición y el órgano ante el que debe formularse, y que, en caso de que omitan informar dichos aspectos, se duplicará el plazo que las leyes prevén para interponer el recurso administrativo o el juicio contencioso administrativo. Ahora bien, si en su resolución la autoridad f...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.