AMPARO DIRECTO ADHESIVO. QUEDA SIN MATERIA SI SE NIEGA EL AMPARO PRINCIPAL O SE SOBRESEE EN EL JUICIO.
Texto de la tesis
Del artículo 182 de la Ley de Amparo se advierte que el amparo adhesivo sólo puede ser promovido por quien obtuvo sentencia favorable y el que tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamado, con el fin de fortalecer las consideraciones vertidas en el fallo definitivo o hacer valer violaciones al procedimiento que pudieran afectar sus defensas, trascendiendo al resultado del fallo. Lo anterior es indicativo de que la pretensión del legislador fue que el amparo adhesivo tuviera como finalidad exclusiva que, mediante este medio de impugnación, la parte que obtuvo sentencia favorable o t...
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