IUSera
Registro digital 2005092 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.A.7 K (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

RESOLUCIÓN RECAÍDA A UN RECURSO INTERPUESTO CONTRA UN ACTO INTRAPROCESAL. ES IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO EN SU CONTRA SI LA DETERMINACIÓN RECURRIDA EN LA VÍA ORDINARIA NO TIENE UNA EJECUCIÓN DE IMPOSIBLE REPARACIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el 107, fracción V, interpretado en sentido contrario, de la Ley de Amparo, el juicio de amparo es improcedente contra actos dictados dentro de juicio que no sean de imposible reparación, es decir, que no afecten materialmente derechos sustantivos del quejoso consagrados en la Carta Magna o en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Consecuentemente, si se insta el amparo contra la resolución recaída a un medio de defensa interpuesto contra un acto intraprocesal, para decidir sobre su procedencia,...

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