IUSera
Registro digital 2005074 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVI.5o.(V Región) 7 C (10a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.

EMPLAZAMIENTO. PARA EL SEÑALAMIENTO DE LA HORA DE ESPERA EN EL CITATORIO DEBE ATENDERSE A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y DE LA EXPERIENCIA O, INCLUSO, AL CONTEXTO DEL LUGAR O POBLACIÓN (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 171, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SONORA).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Una interpretación jurídica extensiva de la citada norma, atendiendo a los fines de la institución de que se trata, es decir, a los propósitos que se persiguen con la diligencia de emplazamiento, y tomando en consideración que las reglas establecidas para la práctica de dicha diligencia, como formalidad esencial del procedimiento que debe cumplirse en respeto a la garantía de audiencia prevista en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tienen como fin último evitar que el demandado quede en estado de indefensión, nos lleva a la conclusión de que en aquellos...

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