IUSera
Registro digital 2005072 · Tesis aislada · 10a. Época · I.8o.C.11 C (10a.) · OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

DEMANDA RECONVENCIONAL. LA FALTA DE EXHIBICIÓN DE COPIAS NO DEBE CONDUCIR A DESECHARLA (INAPLICACIÓN DEL ARTÍCULO 103, SEGUNDO PÁRRAFO, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La potestad del legislador para regular los procedimientos jurisdiccionales no es ilimitada, toda vez que los presupuestos o requisitos legales que se establezcan para obtener ante un tribunal una resolución sobre el fondo de lo pedido deben encontrar justificación constitucional, a fin de que las instancias de justicia constituyan el mecanismo expedito, eficaz y confiable al que los gobernados acudan para dirimir los conflictos que deriven de las relaciones jurídicas que entablen. Por ello, si bien es verdad que el legislador está facultado para regular y prever condiciones de forma al derech...

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