VEHÍCULO USADO DE AUTOTRANSPORTE DE PROCEDENCIA EXTRANJERA. DEBE CONSIDERARSE ASÍ CUANDO SE PRUEBE QUE A SU CHASIS SE LE SUSTITUYERON AUTOPARTES ORIGINALES PARA HACERLO PASAR COMO DE FABRICACIÓN NACIONAL (INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 2, FRACCIÓN I Y 3, FRACCIÓN I, DEL ACUERDO SOBRE EL CARÁCTER ESENCIAL DE LOS VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE).
Texto de la tesis
De conformidad con los artículos 2, fracción I y 3, fracción I, del Acuerdo sobre el carácter esencial de los vehículos de autotransporte, emitido por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (hoy de Economía), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de octubre de 2000 y modificado mediante el diverso acuerdo difundido en el señalado medio el 6 de septiembre de 2006, el chasis es la estructura conformada por dos largueros (vigas) rígidos y travesaños que soportan las diversas partes y componentes que integran el vehículo, al ser fabricado originalmente, siempre que dicha es...
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