PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD PARA COMETER EL DELITO DE ROBO (AHORA SECUESTRO EXPRESS). EL DOLO Y LA FORMA DE INTERVENCIÓN A TÍTULO DE COAUTOR MATERIAL, SE ACREDITAN AUN CUANDO EL INCULPADO HAYA PARTICIPADO CON POSTERIORIDAD AL APODERAMIENTO DE LOS OBJETOS Y A LA DETENCIÓN MATERIAL DEL PASIVO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
Texto de la tesis
Delito contemplado en los artículos 160, párrafo quinto -actualmente derogado- y 163 BIS del Código Penal para el Distrito Federal, acorde con su estructura, constituye un tipo penal especial, toda vez que, aun cuando para su conformación se incluyen elementos objetivos y subjetivos que forman parte de las descripciones contenidas en él, dichos elementos integran la descripción legal que tutela como bienes jurídicos tanto a la libertad deambulatoria como el patrimonio. En ese sentido, en atención a que el delito de privación ilegal de la libertad es de carácter permanente en sus efectos, cuand...
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