IUSera
Registro digital 2004946 · Jurisprudencia · 10a. Época · XXIV.1o. J/2 (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

NOTIFICACIONES EN MATERIA CIVIL. SURTEN EFECTOS AL DÍA SIGUIENTE AL EN QUE SE PRACTIQUEN, EN ATENCIÓN AL PRINCIPIO PRO PERSONA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NAYARIT).

Civil y Familiar Derechos Humanos Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El artículo 21 de la Ley de Amparo, vigente hasta el 2 de abril de 2013 (17 de la nueva ley), prevé el plazo general de quince días para interponer la demanda relativa, contado desde el siguiente al en que surta efectos, conforme a la ley del acto, la notificación al quejoso de la resolución o el acuerdo que reclame. Ahora bien, toda vez que en el tema está involucrado el derecho humano de acceso a la justicia, y a fin de aplicar los principios consagrados en beneficio de los gobernados, en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a partir de su reforma publ...

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