IUSera
Registro digital 2004928 · Tesis aislada · 10a. Época · XI.1o.A.T.12 L (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

ISSSTE. EL ARTÍCULO 182 DE LA LEY QUE LO RIGE, QUE PREVÉ LOS CASOS Y CONDICIONES EN QUE LOS CRÉDITOS QUE OTORGUE ESTARÁN CUBIERTOS POR UN SEGURO QUE LIBERE A LOS TRABAJADORES O A SUS BENEFICIARIOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ELLOS, NO EXIGE QUE EL ACREDITADO ESTÉ AL CORRIENTE DE LOS PAGOS MENSUALES RESPECTIVOS AL PRESENTARSE LA CONTINGENCIA.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Aun cuando el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado acredite que el trabajador fallecido no se encontraba al corriente en los pagos del crédito otorgado, de acuerdo con los artículos 145 de la Ley Federal del Trabajo y 182 de la ley que rige a dicho organismo, los créditos otorgados por éste se encuentran cubiertos por un seguro en los casos y con las condiciones ahí previstos, que liberan al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor de dicho organismo derivados de esos créditos; de ahí que opere la l...

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