IUSera
Registro digital 2004925 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.133 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

INFORMACIÓN CREDITICIA. EL PAGO EN CONDICIONES DISTINTAS A LAS PACTADAS NO TIENE EL ALCANCE DE ELIMINAR EL ESTATUS DEL CRÉDITO Y EL COMPORTAMIENTO DEL CLIENTE (ARTÍCULOS 20, 21 Y 23 DE LA LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA).

Financiero y Bancario
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Texto de la tesis

De conformidad con los artículos citados, es obligación de las sociedades encargadas del manejo de información crediticia actualizar sus bases de datos de manera que reflejen el estatus de los créditos y el comportamiento positivo o negativo de los clientes, sin que el cumplimiento de una obligación tenga el alcance de eliminar automáticamente la información que la respalda; es decir, el pago de la deuda en condiciones distintas a las pactadas no puede tener como efecto alterar la naturaleza de un historial crediticio y eliminar la información que refleje el estatus del crédito y el comportami...

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