IUSera
Registro digital 2004866 · Jurisprudencia · 10a. Época · VI.1o.A. J/7 (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA. EL ARTÍCULO 434, FRACCIÓN VIII, REFORMADO POR DECRETO PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2012, TIENE EL CARÁCTER DE NORMA HETEROAPLICATIVA (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2013).

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

De conformidad con la jurisprudencia 2a./J. 73/2000 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la ejecutoria que le dio origen, las disposiciones de observancia general que modifican el marco jurídico que regula una actividad de los gobernados sujeta a la emisión de un acto administrativo, estableciendo diversos requisitos que regirán el otorgamiento de los nuevos actos administrativos que se requieran para realizar tal actividad, son de individualización condicionada. En ese orden de ideas, con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma al artículo 434, fracción V...

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