CARGA PROBATORIA EN EL JUICIO ANTE EL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MORELOS. CORRESPONDE A LAS AUTORIDADES DEMANDADAS CUANDO EL ACTOR LES ATRIBUYE SU DESPIDO INJUSTIFICADO Y ÉSTAS, AUNQUE LO NIEGAN, ACEPTAN QUE EXISTIÓ UNA RELACIÓN ADMINISTRATIVA PERO NO MANIFIESTAN POR QUÉ YA NO LES PRESTA SUS SERVICIOS.
Texto de la tesis
Cuando el actor en el juicio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Morelos atribuye a las autoridades demandadas su despido injustificado, y éstas, aunque lo niegan, aceptan que existió una relación administrativa -no laboral- con aquél, pero no expresan por qué ya no les presta sus servicios, es decir, no se refieren a todos los hechos relacionados con sus pretensiones, en los omitidos opera la presunción legal de ser ciertos, salvo prueba en contrario, conforme al artículo 85 de la Ley de Justicia Administrativa de la entidad. En consecuencia, atento a dicho precept...
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