IUSera
Registro digital 2004832 · Tesis aislada · 10a. Época · XVII.1o.C.T.19 K (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

AMPARO ADHESIVO. ES IMPROCEDENTE SI QUIEN LO PROMUEVE NO TIENE LEGITIMACIÓN PARA TAL EFECTO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los artículos 5o. y 6o. de la Ley de Amparo estatuyen el principio rector del juicio de amparo consistente en instancia de parte agraviada, el cual se traduce en que sólo el afectado con alguna actuación de una autoridad es el que está en aptitud de demandar la protección de la Justicia Federal, ya que la promoción del juicio de amparo exige que la demanda sea suscrita por quien alega sufrir el agravio personal o directo, es decir, por quien figura como quejoso o por su representante legal, porque es el titular de la acción el único legitimado para decidir cuáles actos son los que en su concep...

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